RESUMO
La ley orgánica de ejército y fuerza aérea máxicana en su título primero, Misiones Generales, capítulo único establece en su artículo primero la misión del Ejército de que en caso de desastres, deberá pretar ayuda para el mantenimiento del orden, auxilio a las personas y sus bienes y reconstrucción de las áreas afectadas ya sea el Ejércitpo por sí mismo o en combinación con la Fuerxa Aérea u otras instituciones. De lo anterior surge el plan D.N. III-E de auxilio a la población civil en caso de desastre. Desde el punto de vista de organización de servicio de sanidad, los hospitales de campaña corresponden a la denominación de los hospitalñes quirúrgicos del cuerpo del ejército durante los combates, ejercícios tácticos o en la activación del plan D.N. III-E (AU)