ABSTRACT
Desde principios de este siglo aparecen en la bibliografía internacional publicaciones relacionadas con la conservación de piel para su empleo como homoinjertos en el tratamiento de las quemaduras graves. A partir de la década del 50 se encuentran datos referidos a la posibilidad de organizar bancos para el almacenamiento de piel. A partir de 1980 se elaboran protocolos detallados para el procesamiento, almacenaje y ulterior empleo de la piel conservada. En nuestro país, la Fundación del Quemado Fortunato Benaim ha podido concretar la instalación de un Banco de Piel que se ajusta a los requisitos internacionales y es el primero oficialmente autorizado en la Argentina por el INCUCAI, de acuerdo con las disposiciones emanadas de la Ley de Ablación de Implante de Organos y Tejidos